Propuestas ATME sobre situación COVID-19 en las Fuerzas Armadas

Remitida por ATME para su discusión en el Pleno Extraordinario que se celebrará a finales de junio

Leganés, 12 junio de 2020

A finales de mes se celebrará en la sede del Ministerio de Defensa el 3 Pleno Extraordinario del año 2020.

Este Pleno, solicitado conjuntamente por la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas (ASFASPRO), la Asociación Unificada de Militares (AUME) y la Asociación de Tropa y Marinería Española (ATME), viene precedido de otro Pleno Extraordinario, celebrado el 27 de abril, que fue solicitado por las mismas asociaciones y con el mismo fin: exponer y encontrar soluciones a los principales problemas ocasionados al personal militar por la aplicación del estado de alarma producido por el COVID-19.

En el anterior Pleno, aparte de las palabras de agradecimiento de la ministra de Defensa a la actuación de los militares, no se obtuvo ninguna respuesta a la mayoría de problemas y propuestas planteadas por esta Asociación, lo cual ha obligado nuevamente a solicitar esta reunión.

ATME considera que necesario dar respuesta a los problemas que se han planteado durante esta pandemia, como las medidas de protección sanitaria dadas a sus miembros, las medidas de conciliación de la vida profesional y familiar aplicadas, los descansos y retribuciones del personal participante en la Operación Balmis, las condiciones de vida en los alojamientos logísticos, etc.

Es esencial que desde el Ministerio de Defensa y la Subsecretaria de Defensa se aprueben normas para este tipo de situaciones; pero es imperioso que, junto a ellas, se dicten medidas de coordinación para su cumplimiento en las unidades y no sean interpretadas a gusto de los jefes de unidad.

Muchas de las medidas aprobadas se tomaron tarde, principalmente debido a la novedad de la situación; por ello, es imprescindible estar preparado por si se produjera un rebrote en la pandemia del COVID-19 o cualquier otra situación parecida, aplicando las lecciones aprendidas.

PRIMERA:

Conocer los datos actualizados de personal de las Fuerzas Armadas afectados por el COVID-19 (fallecido, contagiado, en cuarentena, etc), diferenciado por escalas.

SEGUNDA:

Compra, almacenaje y distribución del suficiente material de limpieza y desinfección para su uso por parte del personal alojado y usuario de alojamientos logísticos y vestuarios, cuando estos no sean limpiados por empresas externas.

Distribución de mascarillas al personal militar de manera regular y suficiente, para poder trabajar en las unidades de manera acorde a las marcadas en las normas sanitarias.

Creación de un stock de material de seguridad sanitaria a disposición de las unidades, por si se produjera un rebrote de la pandemia.

Eliminación en los almacenes de las unidades de EPI,s y material NBQ caducado que todavía pudiera existir en sus inventarios.

Normas claras y de obligado cumplimiento sobre el uso de los materiales de protección sanitaria en las diferentes misiones que realiza el personal militar.

Realización de Test PCR a todo el personal militar, priorizando aquel personal que haya participado en la operación Balmis o haya permanecido en cuarentena.

Elaboración de protocolos de cuarentena para el personal alojado en las unidades, donde se especifique las condiciones de vida de las habitaciones habilitadas a tal fin, servicios higiénicos, forma de suministrar la comida, visitas médicas en caso de ser necesarias, comunicación con las familias, etc.

TERCERA:

Aprobación por el Ministerio de Defensa de resolución expresa -o criterios de aplicación de la normativa vigente-, en la que se reconozca la relación con el servicio de los contagios con COVID-19.

CUARTA:

Remisión de nota aclarativa a las unidades en relación al punto 3 de la medida “Cuarta. Medidas extraordinarias de conciliación con motivo del COVID-19” de la Resolución 430/04057/20, del Subsecretario de Defensa, sobre jornada laboral para el personal militar de las Fuerzas Armadas, con motivo de las medidas excepcionales adoptadas por las autoridades de salud pública para la contención del COVID-19, recordando que sigue en vigor mientras se mantenga el cierre de centros educativos o de atención a mayores, estando desligada tal medida del estado de alarma.

Dar una respuesta a los militares destinados en comunidades autónomas donde no abran las guarderías en el periodo de verano o, por la limitación de plazas, no tengan plaza.

En caso de rebrote del COVID-19 aprobación de unos criterios de actuación comunes para concesión de permiso por deber inexcusable debido al cierre de centros educativos o de atención a mayores.

QUINTA:

En caso de rebrote del COVID-19 aprobación de unos criterios de actuación comunes sobre medidas que se deban aplicar ante situaciones excepcionales, como pudieran ser, entre otras, permisos por deber inexcusable, periodos de cuarentena domiciliaria, periodos de permanencia en unidad por baja actividad, etc.

SEXTA:

Aprobación de unas normas de actuación para la aplicación en las unidades de los porcentajes máximos de personal presente.

Remisión por las unidades a sus mandos de personal respectivos y estos a la Subsecretaria de Defensa, de información diaria de los porcentajes de personal presente en las unidades, con justificación en caso de sobrepasarlos.

En caso de rebrote del COVID-19, estipular desde el comienzo de la situación los porcentajes de personal que deben estar presentes en las unidades, con remisión de información diaria.

SEPTIMA:

Aprobación por parte de las autoridades competentes de descansos o compensaciones por participación en la Operación Balmis.

En caso de rebrote del COVID-19 aprobar, con la debida antelación, este tipo de medidas.

Modificación de la Orden DEF/1363/2016, suprimiendo el límite de 10 días adicionales, por la realización de guardias, servicios, instrucciones continuadas, ejercicios o actividades análogas.

OCTAVA:

Pagar la manutención al personal que le correspondiese por aplicación del Real Decreto 462/2002 y no lo hubiera percibido, al no haberlo solicitado las unidades.

Destinar una partida presupuestaria para compensar al personal participante en la Operación Balmis con el Complemento de Dedicación Especial en su porcentaje superior.

En caso de rebrote del COVID-19, aprobar una partida extraordinaria para que el personal participante en la operación que se cree perciba el CDE en su porcentaje superior.

NOVENA:

En caso de rebrote del COVID-19, aprobación de una norma clara para que el personal militar que se ve obligado por imperativo legal a tener su residencia habitual donde radica la unidad, quede autorizado a desplazarse a su domicilio familiar.

Actuaciones urgentes para que en los alojamientos logísticos se cumplan las normas de distanciamiento social.

DECIMA:

Remisión de nota aclaratoria a las unidades que, conforme a lo estipulado en Orden DEF/253/2015 por la que se regula el régimen de vacaciones, permisos, reducciones de jornada y licencias de los miembros de las Fuerzas Armadas, solo son exigibles actualmente diez días de vacaciones entre el 15 de junio al 15 de septiembre, salvo necesidades del servicio debidamente motivadas.

UNDECIMA:

Posibilidad de activar a los Reservistas de Especial Disponibilidad, en determinadas circunstancias y siempre de manera voluntaria, en situaciones de crisis que no afecten a la seguridad nacional.

Se puede acceder a la propuesta completa en el siguiente enlace.