¿Qué supondrá el nuevo Plan Integral de Orientación Laboral para el personal militar del Ministerio de Defensa?

La duda que nos asalta es saber si el Ministerio de Defensa solventará los problemas que han existido hasta ahora para la reincorporación del personal militar a la vida laboral civil

Madrid, 19 marzo de 2018

Este 21 de marzo, será presentado a las asociaciones profesionales militares el nuevo Plan Integral de Orientación Laboral para el personal militar del Ministerio de Defensa. Un Plan del que, a día de hoy, no se tiene ninguna información, aunque se supone, por su título, que estará orientado no solo al personal temporal sino también al de carrera.

Una de las primeras preguntas que nos planteamos es, ¿qué ha cambiado en este momento para que aquello que no ha funcionado hasta ahora funcione de repente?

Por un lado, no hemos leído en el Boletín Oficial del Estado ninguna nueva ley que obligue a la reserva de plazas o a la valoración del tiempo de servicio en las convocatorias de acceso a la administración central, autonómica o local, a excepción de las ya vigentes plazas reservadas en la Guardia Civil y Policía Nacional, está última con un escaso grado de cobertura. Por otro, los últimos datos recibidos del Ministerio de Defensa, nos dicen que el personal de tropa y marinería que accedió a un puesto de trabajo a través de SAPROMIL en el año 2017 fue de 2 militares y, según esas mismas fuentes, tampoco se tenía conocimiento de que alguna empresa privada hubiera contratado a ningún militar a través de los convenios firmados. Unos datos tan paupérrimos como tristes que poca esperanza dejan a nuestros compañeros.

Recientemente, la Asociación de Tropa y Marinería Española “ATME”, solicitó información al Ministerio de Defensa de los motivos por los cuales el tiempo de servicio en las Fuerzas Armadas no eran considerados como mérito en las pruebas de acceso a las distintas administraciones, incluso aunque sus funciones guardaran relación con las efectuadas en las mismas. Todo ello no solo en base al artículo 20 “Acceso a las Administraciones públicas” de la vigente Ley 8/2006 de Tropa y Marinería, sino a sus antecedentes reflejados en la disposición final quinta “Mérito de servicios prestados y reserva de plazas” de la Ley 17/1999 de Régimen del Personal de las Fuerzas Armada y de la disposición adicional tercera” Mérito de servicios prestados” del Real Decreto 984/1992 por el que se aprobaba el Reglamento de Tropa y Marinería profesionales de las Fuerzas Armadas.

Después de más de 26 años de figurar reflejada esta medida en las distintas leyes que regulaban la trayectoria del personal de tropa y marinería, el Ministerio de Defensa se descolgó con una lacónica respuesta donde se expresaba que el desarrollo reglamentario de esta medida correspondía, a su juicio, al Ministerio de Hacienda y Función Pública, por ser quién regulaba la normativa aplicable a todos estos procesos. Asimismo, terminaban reflejando que, desconocían el verdadero motivo por el que no se había llevado a cabo el citado desarrollo. Más incrédulos nos quedamos nosotros al escuchar la excusa del Ministerio de Defensa que, lo único que hace, es ‘echar balones fuera’.

Si a todo esto añadimos que el citado Ministerio ha sido incapaz, o, mejor dicho, no ha mostrado verdadero interés, en ofrecer al personal de tropa y marinería una titulación de grado medio o unas certificaciones oficiales, fundamentales para poder optar a un puesto de trabajo acorde con la experiencia conseguida, a nadie puede extrañar la desconfianza de las asociaciones profesionales militares, en especial ATME, a este tipo de planes. Plan que, pese a haberlo solicitado* el pasado año, no ha tenido un estudio previo de los motivos por los cuales no han funcionado las citadas medidas durante más de 20 años.

 

* Propuesta al Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas sobre estudio urgente motivos fracaso de la reincorporación laboral, presentada en el 4º Pleno de 2017 del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas