Desarrollo del Pleno Ordinario 2-20 COPERFAS

Primer Pleno presidido por la Subsecretaria de Defensa Amparo Valcarce

Leganés, 5 mayo de 2020

El Pleno Ordinario, celebrado el pasado 7 de julio, fue presidido por la nueva Subsecretaria de Defensa, Amparo Valcarce, siendo sus primeras palabras para manifestar su disposición a un dialogo abierto con las asociaciones profesionales militares, con objeto de llegar a acuerdos que sirvieran para mejorar las condiciones profesionales de los militares.

Asuntos propuestos por ATME para su debate en el COPERFAS

Eliminación concepto residencia habitual en las FAS

ATME manifestó que este problema llevaba muchos años planteado, sin haber querido ser abordado por parte del ministerio de Defensa, ya que la libertad de movimientos que tiene el militar dentro del territorio nacional no había propiciado que se diesen grandes problemas, hasta el momento que existió una situación de alarma que significo la restricción de movimientos para los ciudadanos.

La Dirección General de Personal manifestó su negativa a cualquier tipo de modificación sobre este tema, al considerar que se debería modificar la Ley Orgánica de Derechos y Deberes del Personal Militar y, además, la actual normativa permitía al jefe de unidad flexibilizar la limitación de tiempo de dos horas de distancia entre residencia habitual y unidad de destino.

Modificación Artículo 17.2 de la Ley de Tropa y Marinería

ATME defendió la propuesta aduciendo que la aprobación de la Ley 8/2006 de Tropa y Marinería se produjo en un momento donde la edad de jubilación se encontraba en los 65 años. Posteriormente, fue aprobada la modificación de la edad de jubilación a los 67 años de una manera paulatina, debiendo llegar a la misma en el año 2027. En el año 2020 la edad está fijada en 65 años y 10 meses.

Es indudable que la intención del legislador al marcar la edad de 65 años era que la asignación de disponibilidad del Reservista de Especial Disponibilidad terminará al llegar a la edad, donde se comienza a percibir la pensión de jubilación.

Por ello, la Asociación, consideraba que se debia modificar la ley, cambiando la edad de 65 años por un término genérico, como “edad de jubilación”.

La Dirección General de Personal se negó a tal medida, considerando que  sería incoherente, ya que a los 65 años llegan a la jubilación los militares, debiendo además ser necesario modificar la Ley de Tropa y Marinería.

Ante esta respuesta, ATME replicó que personal RED no son militares, por lo que no se les puede asimilar a estos y, por tanto, no era ninguna incoherencia. 

Eliminación Artículo 10.4 de la Ley de Tropa y Marinería

ATME propuso que se eliminara la obligación de estar en “servicio activo” los dos últimos años anteriores a la resolución del compromiso para poder percibir la prima por servicios prestados.

La Dirección General de Personal se negó a la misma, ya que supondría modificar la ley de Tropa y Marinería y desvirtuaría la propia naturaleza del concepto, que es recompensar la continuidad del personal de tropa y marinería.

ATME respondió que la prima seria percibida siempre que se hubiera estado diez años de servicio, por lo cual no se desvirtuaría el citado concepto.

Creación distintivo unidades logísticas del Ejército de Tierra

El Mando de Personal del Ejército de Tierra aceptó parcialmente la propuesta, en el sentido que el Estado Mayor se encontraba revisando la normativa referente a este tema.

Otros asuntos de interés propuestos por otras  asociaciones

Fue aprobada la propuesta para que el personal militar, una vez finalizado el estado de alarma y el confinamiento, pudiera solicitar el permiso por fallecimiento que le hubiera podido corresponder. La fecha límite sería hasta el 31 de diciembre y siempre que las necesidades del servicio lo permitiesen.

ATME apoyo dos propuestas presentadas por otras asociaciones, como la eliminación de la perdida retributiva del personal que se encuentra en reserva a los 63 años, respondida por la subsecretaria de Defensa, y los puestos de suboficial en orden cerrado, haciéndolo extensible a los puestos ocupados por cabos 1º y cabos.

 Mientras la primera fue aprobada, en el sentido que continuaba el compromiso del ministerio de Defensa en modificar el Reglamento de Retribuciones, pese a que el ministerio de Hacienda había devuelto ya en 7 ocasiones el texto de modificación, la segunda fue rechazada por el Mando de Personal del ET, al aducir que se habían remitido, vía mando, orientaciones a las unidades donde se habían producido estos problemas para solucionarlos.

El MAPER rogó que estas quejas fueran trasladadas con nombres, apellidos y datos concretos, ya que en el reglamento quedaban muy claro cuáles eran los puestos de Jefe de Sección, de Jefes de Pelotón y de Jefe de Escuadra para Cabos. Continúo diciendo que era imposible que volviese a suceder lo denunciado y, si sucediera, el interesado podría reclamar con toda tranquilidad ante sus superiores.

Una propuesta de este tipo, remitida por ATME en el año 2016, donde se exponía la necesidad de solucionar los problemas que se planteaban en los puestos de formación de cabos 1º y cabos, no fue aceptada para su debate en el citado año. Siendo conocedores, a través de la respuesta dada, de estas orientaciones, ATME se pondrá en contacto con sus socios para poder elevar estas anomalías con respecto a cabos 1º y cabos.

Respuestas a ruegos y preguntas remitidas por ATME

A continuación, alguna de las respuestas más interesantes, de las nueve presentadas.

Oficiales enfermeros en botiquines de las BAE,s. La Inspección General de Sanidad respondió que si estaban capacitados para valorar la evolución de las bajas médicas; pero no puede cuestionar o proceder en contra del diagnóstico de un médico.

Limitaciones que algunas unidades estaban poniendo a su personal para poder disfrutar de las vacaciones anuales, obligándoles a disfrutarlas durante los meses de julio, agosto y principios de septiembre. El Mando de Personal del Ejército de Tierra respondió que la normativa no permite a los jefes de unidad estas prerrogativas, aunque se si pueden marcar periodos de alta intensidad y recomendar disfrutar las vacaciones en periodos determinados. Armada y ejército del Aire respondieron que sus unidades se acogían a la normativa vigente y no se había dictado ninguna norma para que las vacaciones debieran disfrutarse en julio y agosto.

Retribuciones militares. La Dirección General de Personal respondió que se continúa trabajando en el documento de retribuciones y se presentaría en el momento que esté finalizado.

Solicitud de vacantes Cualquier Especialidad” en especialidades técnicas (MAET, EAM y EST) que, por su escaso número de vacantes en plantilla, sus integrantes ven dificultada la movilidad. El Mando de Personal del Ejército de Tierra respondió que la directiva 4/19 JEME estima que estas son especialidades críticas, por lo tanto no pueden solicitar otro tipo de vacantes. Sin embargo, se comprometió a estudiar el ruego.

(Foto: MINISDEF)