El Poder Judicial reclama alternativas a los arrestos en el Código Penal Militar

El Poder Judicial reclama alternativas a los arrestos en el Código Penal Militar

Pide sanciones más duras para los delitos sexuales en los cuarteles y exige que la «obediencia debida» solo se aplique en casos excepcionales

MATEO BALÍN | MADRID. 

El Consejo General del Poder Judicial aprobó ayer por unanimidad un informe sobre el anteproyecto de Ley Orgánica del Código Penal Militar, elaborado por el Ministerio de Defensa. Se trata de la posición no vinculante que el órgano de gobierno de los jueces tiene sobre la normativa punitiva de las Fuerzas Armadas. Y la conclusión del órgano judicial es que, lejos de avalar las líneas maestras del proyecto, se deberían modificar puntos centrales en defensa de los derechos de los militares. 

El primero y que más ampollas levanta entre los soldados y los colectivos profesionales son los arrestos como medida privativa de libertad para sanciones disciplinarias. El proyecto del Código Penal Militar mantiene inalterable esta figura como medida de aplicación común en todas las bases y cuarteles. Por su parte, el Poder Judicial emplaza a que se apliquen otras alternativas más flexibles que el arresto.

El Consejo argumenta que dado que la reforma simplifica el sistema de penas para adaptarlo al Código Penal común, clasificando las penas en graves y menos graves, se debería incluir la pena de multa para los casos menos gravosos siempre que no resulte lesiva para el principio de disciplina. Es decir, viene a decir que una sanción por un acto leve de indisciplina, por ejemplo, tiene que tener más recorrido que un arresto, que es, en definitiva, una privación de libertad.

 

Alternativas 

El informe de la Fiscalía sobre el Código Penal Militar también recogía esta reclamación y la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), que forma parte del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, ya ha manifestado la necesidad de reformar los arrestos. 

AUME defiende que solo debería de aplicar en situaciones extraordinarias, como en casos de conflicto armado o en misiones internacionales o nacionales, y que las faltas leves podrían ser sustituidas por sanciones económicas o de demérito profesional en lugar de penas privativas de libertad. 

Por otro lado, el Poder Judicial valora de forma positiva la inclusión de los delitos sexuales -identidad, acosos, trato degradante o de libertad sexual- y los de tráfico de drogas en la futura ley penal militar. Sin embargo, pide que se aclare la «situación de conflicto armado» para regular los tipos agravados y que desaparezca la «obediencia debida» de los militares para los casos excepcionales.

Fuente: La Rioja.com